viernes, 27 de julio de 2012

Valoración del Edificio en caso de siniestro

El Edificio se justiprecia a valor total y por su valor de reposición a nuevo, incluyendo los cimientos, pero excluyendo el valor del terreno y las circunstancias del mercado, tales como cotización de la zona, vistas y demás elementos que configuran los precios de compra y venta, pero que no tienen una relación directa con el coste de los materiales y la mano de obra.

La afección de alineamientos, cambios de rasante, cesiones, expropiaciones y otros condicionantes
jurídico-urbanísticos se tomarán en consideración para reducir el valor de reposición correspondiente,
pero respetando, como mínimo, el valor real.

Una vez ocurre un siniestro en el edificio de gran magnitud, la comunidad de vecinos podrá contratar una peritación particular para enfrentarla a la de la compañía de seguros si no se estuviese deacuerdo con la efectuada por el asegurador.

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